El Gobierno argentino anunciará más restricciones de vuelos
El gobierno nacional tomó medidas para evitar la llegada de las nuevas mutaciones del Covid-19 al país.
12 Marzo de 2021
12 Marzo de 2021
Luego de que se extendiera ayer la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre, el Gobierno definirá hoy la prórroga de una nueva etapa del distanciamiento preventivo y obligatorio (Dispo). Dentro de las nuevas medidas que se darán a conocer se encuentra la restricción de viajes tanto aéreos, marítimos y terrestres desde o hacia las zonas afectadas y de mayor riesgo.
Puntualmente el Gobierno restringirá los vuelos desde México, Europa, Perú, Ecuador, Colombia, Panamá, Chile, Estados Unidos y Brasil para intentar prevenir el arribo de las nuevas cepas de coronavirus.
Cómo serán los vuelos
· Se reducirá un 30 por ciento la cantidad de vuelos con Chile, Colombia, Ecuador, Panamá y Perú.
· En el caso de Brasil, México y Europa, la restricción será de un 20 por ciento.
· El flujo de gente que viaja a y desde Estados Unidos se reduciría un 10 por ciento.
· Por la suspensión de vuelos con Uruguay, se autorizará el ingreso de argentinos y residentes por el Puerto de Buenos Aires, en la terminal Buquebus.
El ingreso y la salida al país
· Para la salida o el ingreso al país los argentinos y residentes deberán presentar un test de PCR negativo y tendrán que realizar una cuarentena obligatoria de siete días.
· La ministra de Salud, Carla Vizzotti; la Dirección Nación de Migraciones, que lidera Florencia Carignano; y la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) son los que tendrán la potestad para determinar el cronograma y la cantidad máxima de pasajeros que podrán ingresar al país desde los destinos mencionados.
· Para pisar suelo argentino, los viajeros deberán contar con un ?servicio de salud del viajero Covid? para la cobertura médica.
· Deberán denunciar los lugares en donde estuvieron los últimos 14 días previos al reingreso al país.
Quiénes no deberán hacer la cuarentena
· Siempre que no presenten síntomas de Covid-19 se encuentran exceptuados de cumplir el aislamiento obligatorio los diplomáticos exclusivamente para cumplir una misión oficial.
· Los funcionarios públicos y los representantes del Estado en organismos internacionales, cuando regresen de viajes al exterior realizados en su carácter de integrantes de delegaciones oficiales.
· Las personas extranjeras no residentes autorizadas expresamente por Migraciones, para desarrollar una actividad laboral o comercial esencial para la que fueron convocadas.
· Las personas nacionales o extranjeras en tránsito hacia otros países con una permanencia menor a 24 horas en aeropuertos nacionales.
· Los transportistas y tripulantes internacionales en exclusivo ejercicio de su actividad.
Fronteras terrestres
· Se permitirá únicamente el ingreso de argentinos y residentes que salieron del país antes del 25 de diciembre a través de los pasos terrestres habilitados.
· Quienes salieron después solo podrán reingresar por los aeropuertos.
· Siempre con PCR negativo y una cuarentena de siete días.
· Se suspenderá el ingreso de turistas extranjeros provenientes de países limítrofes.
Fuente: La Nación